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NOTIFICACIÓN A LAS UNIVERSIDADES. |
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La notificación es de naturaleza académica pero al mismo tiempo tiene carácter legal, ya que el artículo 6 del Decreto 927/2009 establece la obligatoriedad por parte del Consejo Académico de “consultar todos los antecedentes nacionales e internacionales que existan en la materia”. El texto de la notificación a cada una de las universidades en esencia solamente difiere en los nombres de los destinatarios. No obstante quien lo desee puede acceder desde aquí directamente a la notificación exacta remitida a cada universidad:
A continuación el texto completo de las notificaciones: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ref. INDEC - Sesgo Plutocrático - Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento INDEC - Artículo 6 Decreto 927/2009 A la Sra. Presidenta de la Nación Por la presente adjunto copia de la notificación que he remitido en el día de la fecha al Sr. Rector de la Universidad de Buenos Aires, Dr. Rubén Eduardo Hallú referida al problema del sesgo plutocrático que estaba presente desde administraciones de gobierno anteriores y particularmente desde el año 1989 y en mayor grado desde el año 2000 en el Indice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), y que como allí explico es un problema que abarca muchas décadas y es de alcance mundial, y que el gobierno nacional ha comenzado a corregir con la revisión metodológica de mayo de 2008. Notificaciones del mismo tenor he remitido a los Sres. Rectores de la Universidad Nacional de Tucumán, Contador Público Nacional Juan Alberto Cerisola; de la Universidad Nacional de Mar del Plata, Licenciado Francisco Morea; de la Universidad Nacional de Rosario, Profesor Darío Maiorana; y de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, Licenciado Aníbal Y. Jozami, por ser las universidades nacionales que integran el Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento al que hace referencia el Decreto Presidencial 927/2009. Sin otro particular saluda a usted atentamente: Ricardo Patricio Natalucci, Este texto se publica en www.indec.com.ar/caes.php Ref. Sesgo Plutocrático - Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento INDEC - Artículo 6 Decreto 927/2009 Al Sr. Rector de la Universidad de Buenos Aires (UBA), Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner a su consideración lo siguiente, con solicitud de que lo transmita también a las demás autoridades e integrantes de la UBA y muy especialmente a los profesores Enrique Zuleta Puceiro, Adrián Ramos, y Martín Moreno, representantes de esa universidad en el Consejo Académico sobre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), así como también a los integrantes del Consejo Asesor de la UBA sobre el INDEC, y a los Sres. Decanos de las respectivas Facultades, y Directores de Departamento. A comienzos del siglo veinte muchos países -entre ellos Argentina-, incorporaron una medición estadística a la que llamaron “Indice de Costo de Vida” (actualmente llamado Indice de Precios al Consumidor, IPC). En la década de 1950 el profesor Roberto Bachi de la Universidad Hebrea de Jerusalem le manifestó a su colega Sigbert Prais su preocupación por la fórmula con la que se calculaba en todo el mundo la canasta de consumos de dicho indicador. En 1959 Prais publicó en el Review of Economic Studies su artículo “Whose Cost of Living?” [1] en el cual denominó a dicha fórmula con el nombre de “plutocratic”. En 1985 en Argentina presenté un informe en el cual expliqué que no resultaría conveniente ampliar la población de referencia antes de haber reemplazado la fórmula plutocrática por la fórmula democrática, ya que de hacerse se produciría un marcado sesgo de representatividad hacia las familias más ricas en desmedro de las más pobres; expliqué que la distorsión sería importante, que las diferencias cuantitativas entre indicadores pueden producir una espiral inflacionaria por realimentación, y aconsejé que en caso de considerarse necesario un índice de mercado de consumo se lo calcule como indicador adicional en lugar de alterar el IPC. El 12 de junio de 1989 le hice llegar una actualización de ese informe, con gráficos probatorios de las graves distorsiones, al entonces presidente de la Nación Dr. Raúl Alfonsín. En la publicación oficial del INDEC conocida como Metodología 6, en 1993, los autores admitieron al pié de la página 20 -dando así la razón a los argumentos de mis informes de 1985 y 1989-, que “Si no se excluyen a los hogares de altos ingresos, su estructura de consumo ocasiona distorsiones importantes en el promedio”. En el año 2000 publiqué una nueva edición de mi informe [2], en razón de tratar de evitar que se pusiera en uso por parte del INDEC la que luego fue denominada Metodología 13, que se usó a su vez de modelo para muchos otros países de Latinoamérica y del resto del mundo, y en la cual intencionalmente se amplió la población de referencia a los sectores más ricos sin haber corregido antes la fórmula, es decir produciendo deliberadamente y subrepticiamente lo que los mismos autores habían confesado que resultarían “distorsiones importantes en el promedio”. El domingo 9 de abril de 2006 un editorial del periodista Jorge Lanata titulado “El Indec de Yrigoyen” [3] comentó mis informes. El artículo de Lanata causó revuelo en el INDEC, y en el gobierno nacional, y los hechos que yo denunciaba allí fueron los que impulsaron al gobierno nacional primero a investigar su verosimilitud, luego a ordenar a las autoridades del INDEC la corrección de ese sesgo, más tarde a reemplazar a los directivos que se negaron a efectuar esa corrección, y finalmente a producir la enmienda del año 2008, en la cual también siguieron mi sugerencia de utilizar un mes como base de los precios en lugar de todo un año. Tengo motivos para presuponer que las actuales autoridades del INDEC pueden haber ocultado al Consejo Académico la existencia de estos antecedentes, los que corresponde que sean tenidos en cuenta en base al artículo 6 del Decreto 927/2009, como forma de que las recomendaciones del Consejo Académico sean completas, es decir para que no solamente proponga mejoras operativas y metodológicas a lo que se hace sino que también ayude a consolidar y perfeccionar lo bueno que se haya hecho, y asimismo para que la universidad pueda contribuir aclarando si mis observaciones son correctas. Quedo a disposición de la Universidad de Buenos Aires para cualquier consulta aclaratoria al respecto, y para mantener una reunión presencial en el caso de que lo consideren conveniente. Sin otro particular saluda a usted atentamente: Ricardo Patricio Natalucci, Este texto se publica en www.indec.com.ar/caes.php Obs: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ref. Sesgo Plutocrático - Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento INDEC - Artículo 6 Decreto 927/2009 Al Sr. Rector de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), Contador Público Nacional Juan Alberto Cerisola, S./D.: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner a su consideración lo siguiente, con solicitud de que lo transmita también a las demás autoridades e integrantes de la UNT y muy especialmente al profesor Juan Mario Jorrat, representante de esa universidad en el Consejo Académico sobre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC): A comienzos del siglo veinte muchos países -entre ellos Argentina-, incorporaron una medición estadística a la que llamaron “Indice de Costo de Vida” (actualmente llamado Indice de Precios al Consumidor, IPC). En la década de 1950 el profesor Roberto Bachi de la Universidad Hebrea de Jerusalem le manifestó a su colega Sigbert Prais su preocupación por la fórmula con la que se calculaba en todo el mundo la canasta de consumos de dicho indicador. En 1959 Prais publicó en el Review of Economic Studies su artículo “Whose Cost of Living?” [1] en el cual denominó a dicha fórmula con el nombre de “plutocratic”. En 1985 en Argentina presenté un informe en el cual expliqué que no resultaría conveniente ampliar la población de referencia antes de haber reemplazado la fórmula plutocrática por la fórmula democrática, ya que de hacerse se produciría un marcado sesgo de representatividad hacia las familias más ricas en desmedro de las más pobres; expliqué que la distorsión sería importante, que las diferencias cuantitativas entre indicadores pueden producir una espiral inflacionaria por realimentación, y aconsejé que en caso de considerarse necesario un índice de mercado de consumo se lo calcule como indicador adicional en lugar de alterar el IPC. El 12 de junio de 1989 le hice llegar una actualización de ese informe, con gráficos probatorios de las graves distorsiones, al entonces presidente de la Nación Dr. Raúl Alfonsín. En la publicación oficial del INDEC conocida como Metodología 6, en 1993, los autores admitieron al pié de la página 20 -dando así la razón a los argumentos de mis informes de 1985 y 1989-, que “Si no se excluyen a los hogares de altos ingresos, su estructura de consumo ocasiona distorsiones importantes en el promedio”. En el año 2000 publiqué una nueva edición de mi informe [2], en razón de tratar de evitar que se pusiera en uso por parte del INDEC la que luego fue denominada Metodología 13, que se usó a su vez de modelo para muchos otros países de Latinoamérica y del resto del mundo, y en la cual intencionalmente se amplió la población de referencia a los sectores más ricos sin haber corregido antes la fórmula, es decir produciendo deliberadamente y subrepticiamente lo que los mismos autores habían confesado que resultarían “distorsiones importantes en el promedio”. El domingo 9 de abril de 2006 un editorial del periodista Jorge Lanata titulado “El Indec de Yrigoyen” [3] comentó mis informes. El artículo de Lanata causó revuelo en el INDEC, y en el gobierno nacional, y los hechos que yo denunciaba allí fueron los que impulsaron al gobierno nacional primero a investigar su verosimilitud, luego a ordenar a las autoridades del INDEC la corrección de ese sesgo, más tarde a reemplazar a los directivos que se negaron a efectuar esa corrección, y finalmente a producir la enmienda del año 2008, en la cual también siguieron mi sugerencia de utilizar un mes como base de los precios en lugar de todo un año. Tengo motivos para presuponer que las actuales autoridades del INDEC pueden haber ocultado al Consejo Académico la existencia de estos antecedentes, los que corresponde que sean tenidos en cuenta en base al artículo 6 del Decreto 927/2009, como forma de que las recomendaciones del Consejo Académico sean completas, es decir para que no solamente proponga mejoras operativas y metodológicas a lo que se hace sino que también ayude a consolidar y perfeccionar lo bueno que se haya hecho, y asimismo para que la universidad pueda contribuir aclarando si mis observaciones son correctas. Quedo a disposición de la Universidad Nacional de Tucumán para cualquier consulta aclaratoria al respecto, y para mantener una reunión presencial en el caso de que lo consideren conveniente. Sin otro particular saluda a usted atentamente: Ricardo Patricio Natalucci, DNI: 8464942, Ex supervisor de metodología y fórmulas de cálculo del IPC del INDEC 1982-1985, Director del portal estadístico www.indec.com.ar, email: ricardonatalucci@indec.com.ar, teléfono: (011) 15-5347-2390. Este texto se publica en www.indec.com.ar/caes.php Remito copia a la Sra. Presidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, y notificaciones de un mismo tenor a las otras universidades nacionales que junto a la Universidad Nacional de Tucumán integran el Consejo Asesor de Evaluación y Seguimiento del INDEC.
Obs: 1) www.indec.com.ar/Prais.html 2) www.indec.com.ar/dossierinternational/InfoNatal1Portada.htm; 3) www.jorgelanata.com/documentos/editoriales/08-04-06-1-El Indec de Yrigoyen.pdf ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ref. Sesgo Plutocrático - Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento INDEC - Artículo 6 Decreto 927/2009 Al Sr. Rector de la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMdP), Lic. Francisco Morea, S./D.: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner a su consideración lo siguiente, con solicitud de que lo transmita también a las demás autoridades e integrantes de la UNMdP y muy especialmente al profesor Daniel H. Pérez, representante de esa universidad en el Consejo Académico sobre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC): A comienzos del siglo veinte muchos países -entre ellos Argentina-, incorporaron una medición estadística a la que llamaron “Indice de Costo de Vida” (actualmente llamado Indice de Precios al Consumidor, IPC). En la década de 1950 el profesor Roberto Bachi de la Universidad Hebrea de Jerusalem le manifestó a su colega Sigbert Prais su preocupación por la fórmula con la que se calculaba en todo el mundo la canasta de consumos de dicho indicador. En 1959 Prais publicó en el Review of Economic Studies su artículo “Whose Cost of Living?” [1] en el cual denominó a dicha fórmula con el nombre de “plutocratic”. En 1985 en Argentina presenté un informe en el cual expliqué que no resultaría conveniente ampliar la población de referencia antes de haber reemplazado la fórmula plutocrática por la fórmula democrática, ya que de hacerse se produciría un marcado sesgo de representatividad hacia las familias más ricas en desmedro de las más pobres; expliqué que la distorsión sería importante, que las diferencias cuantitativas entre indicadores pueden producir una espiral inflacionaria por realimentación, y aconsejé que en caso de considerarse necesario un índice de mercado de consumo se lo calcule como indicador adicional en lugar de alterar el IPC. El 12 de junio de 1989 le hice llegar una actualización de ese informe, con gráficos probatorios de las graves distorsiones, al entonces presidente de la Nación Dr. Raúl Alfonsín. En la publicación oficial del INDEC conocida como Metodología 6, en 1993, los autores admitieron al pié de la página 20 -dando así la razón a los argumentos de mis informes de 1985 y 1989-, que “Si no se excluyen a los hogares de altos ingresos, su estructura de consumo ocasiona distorsiones importantes en el promedio”. En el año 2000 publiqué una nueva edición de mi informe [2], en razón de tratar de evitar que se pusiera en uso por parte del INDEC la que luego fue denominada Metodología 13, que se usó a su vez de modelo para muchos otros países de Latinoamérica y del resto del mundo, y en la cual intencionalmente se amplió la población de referencia a los sectores más ricos sin haber corregido antes la fórmula, es decir produciendo deliberadamente y subrepticiamente lo que los mismos autores habían confesado que resultarían “distorsiones importantes en el promedio”. El domingo 9 de abril de 2006 un editorial del periodista Jorge Lanata titulado “El Indec de Yrigoyen” [3] comentó mis informes. El artículo de Lanata causó revuelo en el INDEC, y en el gobierno nacional, y los hechos que yo denunciaba allí fueron los que impulsaron al gobierno nacional primero a investigar su verosimilitud, luego a ordenar a las autoridades del INDEC la corrección de ese sesgo, más tarde a reemplazar a los directivos que se negaron a efectuar esa corrección, y finalmente a producir la enmienda del año 2008, en la cual también siguieron mi sugerencia de utilizar un mes como base de los precios en lugar de todo un año. Tengo motivos para presuponer que las actuales autoridades del INDEC pueden haber ocultado al Consejo Académico la existencia de estos antecedentes, los que corresponde que sean tenidos en cuenta en base al artículo 6 del Decreto 927/2009, como forma de que las recomendaciones del Consejo Académico sean completas, es decir para que no solamente proponga mejoras operativas y metodológicas a lo que se hace sino que también ayude a consolidar y perfeccionar lo bueno que se haya hecho, y asimismo para que la universidad pueda contribuir aclarando si mis observaciones son correctas. Quedo a disposición de la Universidad Nacional de Mar del Plata para cualquier consulta aclaratoria al respecto, y para mantener una reunión presencial en el caso de que lo consideren conveniente. Sin otro particular saluda a usted atentamente: Ricardo Patricio Natalucci, DNI: 8464942, Ex supervisor de metodología y fórmulas de cálculo del IPC del INDEC 1982-1985, Director del portal estadístico www.indec.com.ar, email: ricardonatalucci@indec.com.ar, teléfono: (011) 15-5347-2390. Este texto se publica en www.indec.com.ar/caes.php Remito copia a la Sra. Presidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, y notificaciones de un mismo tenor a las otras universidades nacionales que junto a la Universidad Nacional de Mar del Plata integran el Consejo Asesor de Evaluación y Seguimiento del INDEC.
Obs: 1) www.indec.com.ar/Prais.html 2) www.indec.com.ar/dossierinternational/InfoNatal1Portada.htm; 3) www.jorgelanata.com/documentos/editoriales/08-04-06-1-El Indec de Yrigoyen.pdf ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ref. Sesgo Plutocrático - Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento INDEC - Artículo 6 Decreto 927/2009 Al Sr. Rector de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), Prof. Darío Maiorana, S./D.: Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner a su consideración lo siguiente, con solicitud de que lo transmita también a las demás autoridades e integrantes de la UNR y muy especialmente al profesor Ernesto R. Seselovsky, representante de esa universidad en el Consejo Académico sobre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC): A comienzos del siglo veinte muchos países -entre ellos Argentina-, incorporaron una medición estadística a la que llamaron “Indice de Costo de Vida” (actualmente llamado Indice de Precios al Consumidor, IPC). En la década de 1950 el profesor Roberto Bachi de la Universidad Hebrea de Jerusalem le manifestó a su colega Sigbert Prais su preocupación por la fórmula con la que se calculaba en todo el mundo la canasta de consumos de dicho indicador. En 1959 Prais publicó en el Review of Economic Studies su artículo “Whose Cost of Living?” [1] en el cual denominó a dicha fórmula con el nombre de “plutocratic”. En 1985 en Argentina presenté un informe en el cual expliqué que no resultaría conveniente ampliar la población de referencia antes de haber reemplazado la fórmula plutocrática por la fórmula democrática, ya que de hacerse se produciría un marcado sesgo de representatividad hacia las familias más ricas en desmedro de las más pobres; expliqué que la distorsión sería importante, que las diferencias cuantitativas entre indicadores pueden producir una espiral inflacionaria por realimentación, y aconsejé que en caso de considerarse necesario un índice de mercado de consumo se lo calcule como indicador adicional en lugar de alterar el IPC. El 12 de junio de 1989 le hice llegar una actualización de ese informe, con gráficos probatorios de las graves distorsiones, al entonces presidente de la Nación Dr. Raúl Alfonsín. En la publicación oficial del INDEC conocida como Metodología 6, en 1993, los autores admitieron al pié de la página 20 -dando así la razón a los argumentos de mis informes de 1985 y 1989-, que “Si no se excluyen a los hogares de altos ingresos, su estructura de consumo ocasiona distorsiones importantes en el promedio”. En el año 2000 publiqué una nueva edición de mi informe [2], en razón de tratar de evitar que se pusiera en uso por parte del INDEC la que luego fue denominada Metodología 13, que se usó a su vez de modelo para muchos otros países de Latinoamérica y del resto del mundo, y en la cual intencionalmente se amplió la población de referencia a los sectores más ricos sin haber corregido antes la fórmula, es decir produciendo deliberadamente y subrepticiamente lo que los mismos autores habían confesado que resultarían “distorsiones importantes en el promedio”. El domingo 9 de abril de 2006 un editorial del periodista Jorge Lanata titulado “El Indec de Yrigoyen” [3] comentó mis informes. El artículo de Lanata causó revuelo en el INDEC, y en el gobierno nacional, y los hechos que yo denunciaba allí fueron los que impulsaron al gobierno nacional primero a investigar su verosimilitud, luego a ordenar a las autoridades del INDEC la corrección de ese sesgo, más tarde a reemplazar a los directivos que se negaron a efectuar esa corrección, y finalmente a producir la enmienda del año 2008, en la cual también siguieron mi sugerencia de utilizar un mes como base de los precios en lugar de todo un año. Tengo motivos para presuponer que las actuales autoridades del INDEC pueden haber ocultado al Consejo Académico la existencia de estos antecedentes, los que corresponde que sean tenidos en cuenta en base al artículo 6 del Decreto 927/2009, como forma de que las recomendaciones del Consejo Académico sean completas, es decir para que no solamente proponga mejoras operativas y metodológicas a lo que se hace sino que también ayude a consolidar y perfeccionar lo bueno que se haya hecho, y asimismo para que la universidad pueda contribuir aclarando si mis observaciones son correctas. Quedo a disposición de la Universidad Nacional de Rosario para cualquier consulta aclaratoria al respecto, y para mantener una reunión presencial en el caso de que lo consideren conveniente. Sin otro particular saluda a usted atentamente: Ricardo Patricio Natalucci, DNI: 8464942, Ex supervisor de metodología y fórmulas de cálculo del IPC del INDEC 1982-1985, Director del portal estadístico www.indec.com.ar, email: ricardonatalucci@indec.com.ar, teléfono: (011) 15-5347-2390. Este texto se publica en www.indec.com.ar/caes.php Remito copia a la Sra. Presidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner, y notificaciones de un mismo tenor a las otras universidades nacionales que junto a la Universidad Nacional de Rosario integran el Consejo Asesor de Evaluación y Seguimiento del INDEC. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Ref. Sesgo Plutocrático - Consejo Académico de Evaluación y Seguimiento INDEC - Artículo 6 Decreto 927/2009
Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner a su consideración lo siguiente, con solicitud de que lo transmita también a las demás autoridades e integrantes de la UNTREF y muy especialmente al profesor Jorge Fernández Bussy, representante de esa universidad en el Consejo Académico sobre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC): A comienzos del siglo veinte muchos países -entre ellos Argentina-, incorporaron una medición estadística a la que llamaron “Indice de Costo de Vida” (actualmente llamado Indice de Precios al Consumidor, IPC). En la década de 1950 el profesor Roberto Bachi de la Universidad Hebrea de Jerusalem le manifestó a su colega Sigbert Prais su preocupación por la fórmula con la que se calculaba en todo el mundo la canasta de consumos de dicho indicador. En 1959 Prais publicó en el Review of Economic Studies su artículo “Whose Cost of Living?” [1] en el cual denominó a dicha fórmula con el nombre de “plutocratic”. En 1985 en Argentina presenté un informe en el cual expliqué que no resultaría conveniente ampliar la población de referencia antes de haber reemplazado la fórmula plutocrática por la fórmula democrática, ya que de hacerse se produciría un marcado sesgo de representatividad hacia las familias más ricas en desmedro de las más pobres; expliqué que la distorsión sería importante, que las diferencias cuantitativas entre indicadores pueden producir una espiral inflacionaria por realimentación, y aconsejé que en caso de considerarse necesario un índice de mercado de consumo se lo calcule como indicador adicional en lugar de alterar el IPC. El 12 de junio de 1989 le hice llegar una actualización de ese informe, con gráficos probatorios de las graves distorsiones, al entonces presidente de la Nación Dr. Raúl Alfonsín. En la publicación oficial del INDEC conocida como Metodología 6, en 1993, los autores admitieron al pié de la página 20 -dando así la razón a los argumentos de mis informes de 1985 y 1989-, que “Si no se excluyen a los hogares de altos ingresos, su estructura de consumo ocasiona distorsiones importantes en el promedio”. En el año 2000 publiqué una nueva edición de mi informe [2], en razón de tratar de evitar que se pusiera en uso por parte del INDEC la que luego fue denominada Metodología 13, que se usó a su vez de modelo para muchos otros países de Latinoamérica y del resto del mundo, y en la cual intencionalmente se amplió la población de referencia a los sectores más ricos sin haber corregido antes la fórmula, es decir produciendo deliberadamente y subrepticiamente lo que los mismos autores habían confesado que resultarían “distorsiones importantes en el promedio”. El domingo 9 de abril de 2006 un editorial del periodista Jorge Lanata titulado “El Indec de Yrigoyen” [3] comentó mis informes. El artículo de Lanata causó revuelo en el INDEC, y en el gobierno nacional, y los hechos que yo denunciaba allí fueron los que impulsaron al gobierno nacional primero a investigar su verosimilitud, luego a ordenar a las autoridades del INDEC la corrección de ese sesgo, más tarde a reemplazar a los directivos que se negaron a efectuar esa corrección, y finalmente a producir la enmienda del año 2008, en la cual también siguieron mi sugerencia de utilizar un mes como base de los precios en lugar de todo un año. Tengo motivos para presuponer que las actuales autoridades del INDEC pueden haber ocultado al Consejo Académico la existencia de estos antecedentes, los que corresponde que sean tenidos en cuenta en base al artículo 6 del Decreto 927/2009, como forma de que las recomendaciones del Consejo Académico sean completas, es decir para que no solamente proponga mejoras operativas y metodológicas a lo que se hace sino que también ayude a consolidar y perfeccionar lo bueno que se haya hecho, y asimismo para que la universidad pueda contribuir aclarando si mis observaciones son correctas. Quedo a disposición de la Universidad Nacional de Tres de Febrero para cualquier consulta aclaratoria al respecto, y para mantener una reunión presencial en el caso de que lo consideren conveniente. Sin otro particular saluda a usted atentamente: Ricardo Patricio Natalucci, Este texto se publica en www.indec.com.ar/caes.php Obs: Link al Decreto 927/2009 en nuestros servidores.
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